miércoles, 7 de abril de 2021

SARS-CoV-2 es necesaria la creación de un Fondo de Compensación para la Pandemia. LXVI

La EMA se ha pronunciado hoy sobre el tema de las vacunas de AstraZeneca.

La Agencia Europea del Medicamento encuentra "posible relación" entre la vacuna de AstraZeneca y los casos de trombos

En Castilla y León se deja de usar cautelarmente esa vacuna en espera de las decisiones que se tomen en Europa.



Muchos ciudadanos se preguntan: en el caso de que tengamos algún problema debido a la vacunación, ¿a quién debemos reclamar? ¿al Estado, al Gobierno Autonómico, al Hospital, al sanitario que nos la administró, a la empresa farmacéutica o a la Comunidad Europea? ¿Quién es el responsable legal?


Aunque la responsabilidad de los efectos adversos o secuelas de un medicamento corresponden al Laboratorio que lo fabrica, en el caso de la Covid19 los Estados Miembros de la UE acordaron al hacer el encargo a las empresas proveedoras, exonerar a las farmacéuticas y a los directivos de las mismas de las posibles indemnizaciones que se pudieran deber a la vacunación con sus productos. Las empresas solo tendrían responsabilidad si hubiera un lote en mal estado o si se cometiera alguna otra negligencia grave.


Si hay alguna reclamación contra la Administración, irá por vía administrativa (extrajudicial) y se presentará ante la Administración correspondiente; y aunque el periodo de resolución es como máximo de 6 meses, los procedimientos pueden tardar años en resolverse, pidiendo más documentación, aclaraciones, etc. En España la reclamación debería ir dirigida a la Consejería de Sanidad Autonómica o al Ministerio de Sanidad, y mejor a las dos Administraciones de forma solidaria y en función de sus competencias. Si la reclamación se desestima o no se contesta, a partir de los 6 meses de la presentación de la reclamación se puede acudir a la vía contencioso-administrativa, ya judicial, en la que se pueden tardar varios años en resolver de forma definitiva. En su caso, se podría acudir a la vía penal, que a priori se presume más rápida, pero siempre que se pudiera demostrar que existe delito, aunque aún por esta vía se podría demorar años en resolver.


Existe una posibilidad de ahorrarnos todos esos engorrosos trámites y es que el Gobierno, igual que se hizo en el caso del envenenamiento por el aceite de colza, o el contagio del SIDA al recibir transfusiones, se decida a crear con fondos públicos un FONDO DE COMPENSACIÓN ESPECIAL PARA LA CRISIS PANDÉMICA . En cuyo caso el cobro de las posibles indemnizaciones sería más fácil y rápido y de paso se aligerarían los procedimientos judiciales ordinarios que ya han sufrido un retardo considerable debido a la pandemia.

Los ciudadanos de los EEUU, gracias al sistema VAERS, (SISTEMA PARA REPORTAR ACCIONES ADVERSAS DE LAS VACUNAS) que vigila la seguridad de las vacunas una vez que han sido aprobadas y es supervisado por la FDA (Administración de Medicinas y Alimentos) y la CDC (Centro para el Control y Prevención de Enfermedades), reciben compensaciones casi instantáneas, si se llega a demostrar que los efectos adversos que sufren los pacientes se deben a la vacunación.


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